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Ingreso Mínimo Vital: requisitos, cuantías y cómo solicitarlo

El IMV completa los ingresos de los hogares que no alcanzan la renta garantizada: cuantías de 2026, requisitos y cómo solicitarlo en la Seguridad Social.

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Ingreso Mínimo Vital: requisitos, cuantías y cómo solicitarlo

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la prestación con la que el Estado garantiza un suelo de ingresos a los hogares en situación de vulnerabilidad económica. No sustituye a otros ingresos: los completa hasta alcanzar una renta mínima garantizada que depende del tamaño y la composición de la unidad de convivencia. Lo regula la Ley 19/2021 y lo gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Si crees que puedes tener derecho, esta guía resume las cuantías vigentes en 2026, los requisitos y el trámite completo.

Qué es y cómo se calcula

El IMV es una prestación económica mensual, con derecho subjetivo: quien cumple los requisitos, la cobra. Su importe no es una cantidad fija universal, sino la diferencia entre los ingresos computables del hogar y la renta garantizada que le corresponde. Si esa diferencia es inferior a 10 euros al mes, la prestación no se reconoce. La renta garantizada se fija cada año y sirve de referencia para todo el sistema de mínimos.

Las cuantías de 2026

Para 2026, la renta garantizada de una persona que vive sola es de 733,60 euros al mes. La escala crece un 30% por cada miembro adicional de la unidad de convivencia, hasta un máximo del 220% de la base, es decir, 1.613,92 euros mensuales para las unidades más grandes. La prestación se abona en 12 pagas mensuales, sin pagas extraordinarias.

Sobre esa escala se aplican complementos. Las unidades monoparentales reciben un 22% adicional sobre la cuantía que les corresponda —por ejemplo, un adulto con un menor alcanza una renta garantizada de 1.115,07 euros— y existe otro complemento del 22% cuando algún miembro tiene reconocida una discapacidad igual o superior al 65%. Además, el complemento de ayuda a la infancia suma entre 57,50 y 115 euros mensuales por cada menor del hogar, según su edad.

Requisitos para tener derecho

Los requisitos generales son: tener al menos 23 años —con excepciones desde los 18 para quienes tienen menores a su cargo, son víctimas de violencia de género o de trata, o salen del sistema de protección de menores—; residir legal y efectivamente en España durante al menos el año anterior a la solicitud; y que la unidad de convivencia esté constituida desde al menos seis meses antes. También se exige estar en situación de vulnerabilidad económica, que se acredita con la renta y el patrimonio.

El límite de patrimonio —sin contar la vivienda habitual— para una persona sola es de 26.409,60 euros, y crece con el tamaño del hogar hasta 68.664,96 euros en las unidades mayores. Superar el límite de patrimonio deja fuera de la prestación aunque la renta sea baja, un detalle que conviene comprobar antes de solicitarla.

Cómo solicitarlo, paso a paso

La solicitud se presenta ante el INSS, preferentemente por vía telemática en la sede electrónica de la Seguridad Social, donde puede tramitarse con certificado digital o también sin él, mediante un formulario específico. Antes de pedirla, la propia sede ofrece un simulador que estima si se cumplen los requisitos y qué cuantía podría corresponder. También es posible acudir presencialmente a un Centro de Atención e Información de la Seguridad Social, con cita previa.

La documentación básica incluye la identificación de todos los miembros de la unidad de convivencia, el certificado de empadronamiento conjunto y, según el caso, el libro de familia o la acreditación de las situaciones especiales. Concedida la prestación, hay que mantener actualizados los datos: cambios de domicilio, de ingresos o de composición del hogar deben comunicarse, y cada año se comprueba la renta con los datos fiscales.

El IMV no es una cantidad fija: es la diferencia entre lo que un hogar ingresa y la renta que la ley le garantiza.

Si empiezas a trabajar, no lo pierdes todo

El diseño del IMV incorpora un incentivo al empleo reforzado por el Real Decreto 240/2026: cuando los ingresos por trabajo de un perceptor aumentan, una parte de ese incremento no reduce la prestación —los primeros 6.000 euros de aumento no computan, y el resto lo hace de forma gradual, con porcentajes más favorables para las familias con menores—. La idea es que aceptar un empleo o ampliar la jornada nunca deje al hogar peor que antes, el clásico «trampa de la pobreza» que las rentas mínimas intentan evitar.

En el otro lado del presupuesto doméstico, conviene vigilar también los gastos que se mueven solos: una hipoteca variable revisada con un euríbor al alza puede comerse buena parte de cualquier ayuda, como muestra el ejemplo con cifras oficiales de nuestra guía del euríbor. Renta garantizada por un lado y gastos previsibles por el otro: así se sostiene un presupuesto.